PGU (2026): cuánto es, los cuatro requisitos y cómo revisar si la tienes sin cobrar

La respuesta corta: la PGU es una pensión que paga el Estado desde los 65 años, y la puedes recibir aunque sigas trabajando. Se puede solicitar desde los 64 años y 9 meses. Y hay dos cosas que casi nadie sabe: existe una consulta oficial para ver si tienes PGU sin cobrar, y si dejas de cobrarla seis meses seguidos te la suspenden.

Cuánto es y de qué depende

El monto no es único: depende de tu pensión base, que es la suma de tu Pensión Autofinanciada (la que calcula tu AFP) más las otras pensiones que estés recibiendo — sobrevivencia, accidentes del trabajo y del sistema antiguo.

Tu pensión base PGU que te corresponde
Hasta $789.139 $231.732
Entre $789.140 y $1.252.602 Monto variable, que baja a medida que sube tu pensión
Desde $1.252.603 No tienes derecho a PGU

Y un tramo aparte: si tienes 75 años o más, el monto máximo es de $250.275, con la Reforma de Pensiones.

Los montos y los tramos se actualizan, así que conviene verificarlos en la ficha oficial antes de hacer cuentas. Los de esta tabla corresponden a la ficha de ChileAtiende actualizada al 1 de septiembre de 2026.

Los cuatro requisitos

  1. Tener 65 años cumplidos. Pero la solicitud se puede ingresar desde los 64 años y 9 meses, justamente para que el beneficio parta a tiempo.
  2. No pertenecer al 10% más rico de la población. Se acredita con el Puntaje de Focalización Previsional, que considera datos del Registro Social de Hogares más información de ingresos y necesidades de tu grupo familiar.
  3. Acreditar residencia en Chile con el certificado de viajes de la PDI, cumpliendo dos condiciones a la vez: al menos 20 años —continuos o discontinuos— desde que cumpliste 20 años de edad, y al menos 4 años de los últimos 5 antes de la solicitud.
  4. Tener una pensión base igual o menor a $1.252.602.

El requisito de residencia es el que más gente subestima, porque exige un certificado de la PDI y una historia de viajes de décadas. Si has vivido periodos fuera de Chile, es el primero que conviene revisar.

Puedes recibirla aunque sigas trabajando

Esta es la confusión más común y vale despejarla, porque hace que gente que califica no la pida. La ficha oficial lo dice sin ambigüedad: puedes acceder a la PGU sin importar si continúas trabajando, si te has pensionado o si recibes una pensión de algún régimen previsional, sea AFP o una ex caja de previsión.

La única precisión: si ya recibes una pensión, esa pensión se suma a la base con la que se calcula el monto de la PGU. O sea que sigue el mismo cálculo de los tramos, no queda excluida.

Dato adicional que suele pasar inadvertido: como titular de PGU puedes ser beneficiario de Asignación Familiar por los descendientes que vivan a tu cargo y cumplan los requisitos, según tu tramo de ingresos.

Cómo se pide

Hay más caminos de los que la gente cree, y varios no requieren clave:

  • Consulta previa sin ClaveÚnica: con tu RUN y fecha de nacimiento puedes revisar si cumples los requisitos en la plataforma de ChileAtiende.
  • En línea con ClaveÚnica, completando el proceso hasta el final.
  • Por videoatención de ChileAtiende.
  • Por teléfono: call center 101, o +56 4 4236 20 00 desde el extranjero.
  • En una sucursal de ChileAtiende con tu cédula de identidad.
  • En tu AFP o compañía de seguros, si estás afiliado a una de ellas.

El beneficio lo paga mensualmente el Instituto de Previsión Social (IPS).

Revisa si tienes PGU sin cobrar

Acá está el dato que más vale de toda la página. ChileAtiende tiene una consulta específica para revisar si tienes PGU sin cobrar: se ingresa con RUN y fecha de nacimiento, sin clave.

Que esa consulta exista significa que hay personas beneficiarias que no están cobrando su pensión. Si hay un adulto mayor en tu familia, la revisión toma dos minutos y no cuesta nada. Es el mismo tipo de plata olvidada que los excedentes de isapre.

Cómo se pierde: suspensión y extinción

El IPS tiene la obligación legal de revisar periódicamente si sigues cumpliendo los requisitos, y puede suspender o terminar el beneficio. Conviene conocer las causales, porque dos de ellas se activan por pura inacción.

Se suspende si:

  • No cobras la PGU durante 6 meses continuos. Puedes pedir la reactivación dentro de 6 meses desde la resolución de suspensión. Si no la pides en ese plazo, el IPS debe extinguir el beneficio.
  • No entregas los antecedentes que el IPS te pida, dentro de 3 meses desde la solicitud.

Se extingue si:

  • Fallece la persona beneficiaria. Se extingue el último día del mes del fallecimiento.
  • Permaneces fuera de Chile más de 180 días —continuos o discontinuos— en un año calendario. Y para volver a pedirla hay que acreditar residencia de al menos 270 días en el año anterior a la nueva solicitud.
  • Entregas antecedentes incompletos, erróneos o falsos.
  • Pasas a formar parte del 10% más rico de la población.

Los 180 días fuera del país merecen un subrayado: se cuentan sumados en el año calendario, no de corrido. Varios viajes largos en el mismo año pueden acumularse sin que uno lo note.

Si te la rechazan o te la suspenden

Tienes derecho a reclamar, pero el plazo es corto: 5 días hábiles contados desde la notificación del rechazo o de la suspensión, ante el IPS, conforme a la Ley N° 19.880.

Cinco días hábiles es muy poco, así que la carta de rechazo hay que abrirla el día que llega, no la semana siguiente. Si crees que el rechazo es por un dato mal registrado —típicamente el Registro Social de Hogares o el certificado de viajes—, ese es el punto por donde parte el reclamo.

El bono que llega solo con la pensión de mayo

Quien recibe la PGU accede además al Bono de Invierno, de $81.257, que se paga automáticamente con la pensión de mayo y no se postula. Y hay un detalle importante: el tope de pensión de $231.440 que rige para el resto no aplica si la PGU es tu única pensión.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la PGU?

Depende de tu pensión base. Con una pensión base de hasta $789.139 corresponden $231.732; entre $789.140 y $1.252.602 el monto es variable y va bajando; desde $1.252.603 no hay derecho al beneficio. Con 75 años o más el máximo es $250.275. Cifras de la ficha oficial actualizada al 1 de septiembre de 2026.

¿Puedo recibir la PGU si sigo trabajando?

Sí. La ficha oficial señala que puedes acceder sin importar si continúas trabajando, si ya te pensionaste o si recibes pensión de AFP o de una ex caja de previsión. Si ya recibes una pensión, esta se suma a la pensión base con la que se calcula el monto.

¿A qué edad puedo solicitarla?

El requisito es tener 65 años cumplidos, pero la solicitud se puede ingresar a partir de los 64 años y 9 meses. Conviene hacerlo en esa ventana para que el pago comience sin demora.

¿Cómo sé si tengo PGU sin cobrar?

ChileAtiende tiene una consulta específica para eso: se ingresa con RUN y fecha de nacimiento, sin ClaveÚnica. Si resultas beneficiario, puedes solicitarla de inmediato y elegir la forma de pago.

¿Qué pasa si dejo de cobrar la PGU unos meses?

Si no la cobras durante 6 meses continuos, se suspende. Puedes pedir la reactivación dentro de los 6 meses siguientes a la resolución de suspensión; si no lo haces en ese plazo, el IPS debe extinguir el beneficio y hay que solicitarlo todo de nuevo.

¿Puedo perder la PGU por viajar?

Sí. Se extingue si permaneces fuera de Chile más de 180 días, continuos o discontinuos, en un año calendario. Para recuperarla debes acreditar residencia en el país por al menos 270 días en el año anterior a la nueva solicitud, además de los otros requisitos.

¿Qué es el Puntaje de Focalización Previsional?

Es el instrumento con el que se acredita que no perteneces al 10% más rico de la población. Considera datos del Registro Social de Hogares junto con información de ingresos y necesidades de tu grupo familiar. Si tu RSH está desactualizado, conviene revisarlo antes de solicitar.

Me rechazaron la PGU. ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Cinco días hábiles desde la notificación del rechazo o la suspensión, ante el IPS, según la Ley N° 19.880. Es un plazo corto, así que conviene revisar la notificación el mismo día que llega.

Sigue leyendo

También: qué hacer si te rechazan una licencia médica. Del mismo clúster: cómo elegir AFP o cambiarte, qué es el APV y la reforma de pensiones. En salud, los beneficios de isapre que no se activan solos y los medicamentos más baratos. Y para el presupuesto, presupuesto familiar 50/30/20.

Y si eres madre y tienes 65 años o más, revisa el Bono por Hijo: no es un cheque, sube tu pensión, y una vez adjudicado no se puede renunciar.

Y antes de postular a cualquier beneficio, revisa tu Registro Social de Hogares: el tramo se puede corregir, y es la puerta de entrada a casi todos los subsidios.

Y si tienes hijos u otras personas a tu cargo, revisa la Asignación Familiar y el SUF: hay un subsidio automático que puede estar corriendo sin que lo sepas.

Fuentes

  • ChileAtiende / Instituto de Previsión Social — ficha oficial de la Pensión Garantizada Universal (PGU), actualizada al 1 de septiembre de 2026: montos por tramo de pensión base, requisitos, canales de solicitud, consulta de PGU sin cobrar y causales de suspensión y extinción.
  • Ley N° 21.419, de 2022, que crea la Pensión Garantizada Universal.
  • Ley N° 21.538, de 2023, ley corta de PGU.
  • Decreto N° 52, de 2022, que establece el reglamento del beneficio.
  • Ley N° 20.255, de 2008, que crea el Sistema de Pensiones Solidarias, y Resolución Exenta N° 77, de 2022, que fija el Puntaje de Focalización Previsional.
  • Ley N° 19.880, sobre procedimientos administrativos, para el plazo de reclamo de 5 días hábiles.

Información compilada de fuentes públicas por Redacción CDC. Este sitio es un medio informativo independiente y no representa al Instituto de Previsión Social ni a ninguna AFP. No constituye asesoría previsional: los montos y tramos se reajustan y los requisitos dependen de tu situación particular. Verifica tu caso en ChileAtiende o llamando al 101 antes de tomar decisiones. Última revisión: Septiembre de 2026.