Bono por Hijo (2026): no es un cheque, sube tu pensión — y es irrevocable

La respuesta corta: el Bono por Hijo no es un cheque que te depositan. Es una bonificación que se suma a tu fondo y aumenta tu pensión, por cada hija o hijo nacido vivo o adoptado, para mujeres de 65 años o más. Equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales y genera rentabilidad desde la fecha de nacimiento. Y hay algo que conviene saber antes: una vez adjudicado, no se puede renunciar.

No es un pago directo: aumenta tu pensión

Es la confusión número uno, y genera decepción cuando la gente lo pide esperando un depósito. El beneficio no se paga de una vez ni llega a tu cuenta bancaria: los fondos ingresan a tu cuenta de capitalización individual y se traducen en un monto mensual más alto de pensión.

En adopción hay un detalle que suele sorprender y que juega a favor: el beneficio se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva. No es uno u otra.

Cuánto es y cómo se calcula

El bono equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, y empieza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento de tu hijo o hija. O sea que mientras más antiguo el nacimiento, más tiempo estuvo capitalizando.

Qué ingreso mínimo se usa depende de cuándo nació:

Fecha de nacimiento Ingreso mínimo que se aplica
Antes del 1 de julio de 2009 El vigente en julio de 2009: $165 mil
Después del 1 de julio de 2009 El vigente en el mes del nacimiento

Por eso el monto final varía tanto entre una madre y otra: depende de cuántos hijos, de cuándo nacieron y de cuántos años lleva el bono capitalizando. No hay una cifra única, y cualquiera que te prometa un monto exacto sin ver tu caso está adivinando.

Los requisitos, y la excepción para mujeres exiliadas

  1. Tener 65 años de edad o más.
  2. Residir en Chile 20 años, continuos o discontinuos, contados desde que cumpliste 20 años de edad.
  3. Haber residido en Chile al menos 4 de los últimos 5 años anteriores a la solicitud.

Y una excepción que casi nadie publica y que importa: si fuiste exiliada y estás registrada en la Oficina de Retorno y la Oficina Diplomática, el período que viviste en el extranjero se considera como residido en Chile. Si ese es tu caso, el requisito de residencia no debería frenarte.

No tienes derecho al bono si recibes una pensión de una ex caja de previsión social, de Capredena o de Dipreca.

Es irrevocable: conviene revisar antes de pedirlo

Acá está la advertencia más importante de la página, y está textual en la ficha oficial: una vez adjudicado el beneficio, no se puede renunciar. Es irrevocable.

En la mayoría de los casos eso no es problema, porque el bono sube tu pensión y punto. Pero hay tres situaciones en que el bono interactúa con otro beneficio que ya tienes, y donde conviene hacer la consulta antes de firmar.

Los tres casos en que puede afectar otro beneficio

  • Si recibes Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV): el bono incrementa tu pensión de vejez —presente o futura— y eso incide en el cálculo del APSV, así que el monto de ese aporte podría verse afectado.
  • Si estuviste pensionada con Garantía Estatal: la AFP solicitará la suspensión de la Garantía Estatal a contar del mes siguiente al ingreso de los fondos a tu cuenta. Cuando la cuenta quede en cero —o sea, cuando se agote el bono— puedes volver a solicitar la Garantía Estatal, y la AFP debe gestionarla con anticipación para que no se corte el pago de tu pensión.
  • Si recibes Pensión de Sobrevivencia pero no tienes PGU: puedes pedir el bono afiliándote a una AFP, pero esa afiliación genera la pérdida de la Asignación por Muerte si falleces. La cuota mortuoria no se pierde, y puede corresponderle a la AFP.

Ninguna de las tres es motivo automático para no pedirlo. Son motivo para preguntar en una sucursal cómo queda tu caso concreto, porque después no hay vuelta atrás.

El ajuste a 3 UF que casi nadie conoce

Este dato es específico y vale mucho para quien está en la situación. Si eres titular de PGU y la pierdes, puedes seguir cobrando el Bono por Hijo mensualmente. El problema es que el monto mensual suele quedar muy bajo, porque se calcula como una renta vitalicia.

La salida que ofrece la propia ficha: ir a una sucursal ChileAtiende y solicitar que el bono se ajuste a 3 Unidades de Fomento hasta que se agoten los fondos correspondientes. Lo mismo aplica si pierdes una Pensión de Sobrevivencia.

Es un trámite que hay que pedir: no se aplica solo. El mismo patrón de los beneficios de isapre y de la PGU.

Hasta cuándo se paga, y si se hereda

Tu situación Hasta cuándo se paga ¿Se hereda?
Afiliada a AFP Junto a tu pensión, hasta que se agote el monto Sí, si ya cumpliste 65 años y el bono incrementó tu pensión. Antes de eso, no
Beneficiaria de PGU o de Pensión de Sobrevivencia con derecho a APSV Junto a tu pensión, de forma vitalicia No, si empezaste a recibirlo después de obtener la PGU: no forma parte de tu patrimonio

La diferencia es relevante para una decisión familiar: en la AFP el bono es parte de tu cuenta de capitalización individual y por eso puede heredarse; con PGU se paga vitaliciamente pero no queda como patrimonio.

Dónde se pide

  • Consulta previa sin clave: con RUN y fecha de nacimiento puedes revisar si cumples los requisitos.
  • En línea con ClaveÚnica, completando el proceso.
  • Por videoatención de ChileAtiende, con tu cédula.
  • En una sucursal ChileAtiende.
  • En una oficina de tu AFP — Capital, Cuprum, Habitat, Modelo, Planvital, Provida o Uno. Si no sabes en cuál estás, se consulta en Mi ChileAtiende.
  • En tu municipio, que es la opción más cercana en muchas comunas.
  • En tu compañía de seguros.

Si el trámite lo hace otra persona por ti, necesita poder notarial con tu autorización y su cédula de identidad. Dudas: call center ChileAtiende 101, o +56 4 4236 20 00 desde el extranjero.

Preguntas frecuentes

¿El Bono por Hijo se paga en efectivo?

No. No es un pago directo ni se paga una sola vez: los fondos ingresan a tu cuenta y se traducen en un monto mensual más alto de pensión. Quien lo pide esperando un depósito se lleva una decepción.

¿Cuánto es el Bono por Hijo?

Equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales y genera rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo o hija. Para nacimientos anteriores al 1 de julio de 2009 se usa el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil); para los posteriores, el vigente el mes del nacimiento. Por eso el monto final varía entre una madre y otra.

¿Quién puede pedirlo?

Mujeres de 65 años o más, por cada hija o hijo nacido vivo o adoptado, que hayan residido en Chile 20 años desde los 20 de edad y al menos 4 de los últimos 5 años. En adopción, el beneficio se genera tanto para la madre biológica como para la adoptiva.

Fui exiliada y viví años fuera de Chile. ¿Pierdo el requisito de residencia?

No, si estás registrada en la Oficina de Retorno y la Oficina Diplomática: en ese caso el período vivido en el extranjero se considera como residido en Chile.

¿Puedo arrepentirme después de pedirlo?

No. La ficha oficial señala que una vez adjudicado el beneficio no se puede renunciar: es irrevocable. Por eso conviene consultar antes si recibes APSV, si estuviste pensionada con Garantía Estatal o si tienes Pensión de Sobrevivencia sin PGU.

¿El bono puede hacerme perder otro beneficio?

Puede afectar el cálculo del Aporte Previsional Solidario de Vejez, porque el bono incrementa tu pensión. Si estuviste pensionada con Garantía Estatal, la AFP pedirá su suspensión hasta que el bono se agote. Y si pides el bono afiliándote a una AFP teniendo Pensión de Sobrevivencia, se pierde la Asignación por Muerte, aunque no la cuota mortuoria.

¿Hasta cuándo me pagan el bono?

Si estás afiliada a una AFP, junto a tu pensión hasta que se agote el monto. Si eres beneficiaria de PGU o de Pensión de Sobrevivencia con derecho a APSV, te lo pagan de forma vitalicia.

¿El Bono por Hijo se hereda?

Depende. Estando afiliada a una AFP, sí forma parte de la herencia una vez que cumpliste 65 años y el bono ya incrementó tu pensión; antes de eso, no. Si comenzaste a recibirlo después de obtener la PGU, no es heredable porque no forma parte de tu patrimonio.

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También: qué hacer si te rechazan una licencia médica. Del mismo clúster: la PGU, cómo elegir AFP o cambiarte, qué es el APV y la reforma de pensiones. En salud, los beneficios de isapre que no se activan solos y los medicamentos más baratos.

Y antes de postular a cualquier beneficio, revisa tu Registro Social de Hogares: el tramo se puede corregir, y es la puerta de entrada a casi todos los subsidios.

Y si tienes hijos u otras personas a tu cargo, revisa la Asignación Familiar y el SUF: hay un subsidio automático que puede estar corriendo sin que lo sepas.

Fuentes

  • ChileAtiende / Instituto de Previsión Social — ficha oficial del Bono por Hijo, actualizada al 21 de julio de 2026: cálculo sobre el 10% de 18 ingresos mínimos, requisitos, excepción para mujeres exiliadas, irrevocabilidad, interacción con APSV y Garantía Estatal, ajuste a 3 UF, vigencia, herencia y canales de solicitud.
  • Superintendencia de Pensiones — normativa sobre la bonificación por hija o hijo nacido vivo.
  • Ley N° 20.255, de 2008, de reforma previsional, que crea la bonificación por hijo nacido vivo.

Información compilada de fuentes públicas por Redacción CDC. Este sitio es un medio informativo independiente y no representa al Instituto de Previsión Social ni a ninguna AFP. No constituye asesoría previsional: el monto depende de tu historia laboral y de la fecha de nacimiento de cada hijo, y el beneficio es irrevocable. Consulta tu caso en ChileAtiende o llamando al 101 antes de solicitarlo. Última revisión: Septiembre de 2026.