Prescripción de deudas en Chile: ¿a los cuántos años? (2026)

En Chile las deudas no desaparecen solas: la prescripción es un derecho que debes alegar ante un juez si te demandan por una deuda antigua. Acá tienes los plazos reales y cómo funciona.

Plazos de prescripción

Tipo de acción Plazo
Acción ejecutiva (créditos de consumo, tarjetas, casas comerciales) 3 años
Acción ordinaria 5 años
Pagaré o letra de cambio (acción cambiaria ejecutiva) 1 año desde el vencimiento

Información compilada y verificada por Redacción CDC a partir de fuentes públicas. Última revisión: 8 de Junio de 2026.

El plazo se cuenta desde que la deuda se hace exigible (cuando podían cobrártela).

¿Qué interrumpe la prescripción?

  • Una demanda judicial de cobro: el plazo vuelve a cero.
  • Reconocer la deuda: si la repactas o firmas un acuerdo, reinicias el conteo.

Prescripción no es lo mismo que salir de DICOM

Que la acción de cobro prescriba no borra automáticamente tu registro. En el boletín comercial, la información negativa se mantiene por un plazo propio. Revisa cómo salir de DICOM.

¿Cómo se hace valer?

Si te demandan por una deuda que ya cumplió el plazo, debes oponer la excepción de prescripción dentro del juicio. No opera sola: si no la alegas, el tribunal puede igual condenarte a pagar. Por eso conviene un abogado.

Preguntas frecuentes

¿Si la deuda prescribió, puedo dejar de pagar?

La obligación subsiste como “natural”; lo que prescribe es la acción para cobrarte por la fuerza. Si te demandan, debes alegar la prescripción para que el tribunal la reconozca.

¿La cobranza telefónica interrumpe el plazo?

No. Solo lo interrumpen una demanda judicial o que tú reconozcas la deuda (por ejemplo, repactando o abonando).

¿Desde cuándo se cuentan los años?

Desde que la cuota o la deuda se hizo exigible y entró en mora, no desde que la contrataste.

Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal. Cada caso depende del tipo de título y de las fechas; consulta a un abogado antes de actuar.

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