Cláusulas abusivas: las siete que la ley anula, y las que no (2026)

Casi todos los contratos que firmas —el banco, la telefónica, el gimnasio, la tienda online— son contratos de adhesión: no se negocian, los aceptas tal cual o no compras. Por eso la Ley 19.496 hace algo poco habitual en derecho: enumera qué cláusulas no producen efecto alguno, aunque las hayas aceptado.

Es un punto que cuesta creer la primera vez: haber marcado la casilla no valida una cláusula abusiva. Si es abusiva, es nula, y el resto del contrato sigue en pie sin ella.

Para escribir esta guía leímos los términos y condiciones de quince tiendas chilenas. Abajo están las siete categorías que la ley prohíbe y, junto a cada una, cláusulas reales que encontramos publicadas.

Las siete que enumera el artículo 16

El artículo 16 de la Ley del Consumidor dice que en los contratos de adhesión no producen efecto las cláusulas que:

Letra Qué prohíbe Cómo se ve en la práctica
a) Facultad unilateral de dejar sin efecto o modificar el contrato “Nos reservamos el derecho de anular tu pedido a nuestro solo criterio”
b) Incrementos de precio por servicios accesorios no aceptables por separado Cargos por gestión, emisión o administración que aparecen en el checkout
c) Cargarte a ti errores administrativos que no te son imputables “Si nuestro sistema publicó mal el stock, la pérdida es del cliente”
d) Invertir la carga de la prueba en tu perjuicio “El cliente deberá acreditar que la falla no fue por mal uso”
e) Limitaciones absolutas de responsabilidad “La empresa no responde en ningún caso por daños de cualquier naturaleza”
f) Espacios en blanco sin llenar al momento de firmar El pagaré o mandato que firmas con el monto todavía vacío
g) Cualquier cláusula que, contra la buena fe, cause un desequilibrio importante Es la norma de cierre: cubre lo que las otras seis no alcanzan

Información compilada y verificada por Redacción CDC a partir de fuentes públicas. Última revisión: 5 de Septiembre de 2026.

La letra g) es la más importante y la menos conocida. Funciona como una red: aunque una cláusula no calce exactamente en ninguna de las seis anteriores, si genera un desequilibrio importante en tu contra y va contra la buena fe, cae igual.

Una precisión antes de seguir

Conviene decirlo con claridad, porque en internet abunda lo contrario: quien declara nula una cláusula es un tribunal, normalmente un Juzgado de Policía Local. Ni el SERNAC ni una guía como esta pueden hacerlo.

Lo que sí puedes hacer es negarte a aceptar el efecto de una cláusula que calza en el artículo 16, dejarlo por escrito y reclamar. En la mayoría de los casos, la discusión se resuelve mucho antes de llegar a un tribunal, simplemente porque la empresa sabe en qué terreno está parada.

Por eso, en lo que sigue, separamos lo que es claramente válido de lo que es discutible. No todo lo que te incomoda es abusivo, y confundir las dos cosas debilita tu reclamo.

La cláusula del error de precio

Es la que más aparece y la que más reclamos genera en cada CyberDay. Varias marcas se reservan el derecho de anular una compra si el precio publicado estaba equivocado. Algunas lo fundan en el error esencial del Código Civil; otras hablan simplemente de un error tipográfico.

Acá hay que distinguir dos situaciones que se ven parecidas y no lo son:

Un error evidente y grosero —un televisor a $9.990— probablemente no genera un contrato exigible, porque cualquier persona razonable se da cuenta de que es un error. La discusión ahí es legítima.

Una anulación discrecional —”podemos dejar sin efecto la compra a nuestro solo criterio”— es otra cosa, y es justamente lo que describe la letra a) del artículo 16.

La diferencia está en si la empresa acredita el error o simplemente decide que la venta ya no le conviene. Y la señal más clara de que se trata de lo segundo es cuando anulan un pedido después de haber confirmado el pago y emitido la boleta.

Y hay jurisprudencia. En 2019 la Corte Suprema confirmó la condena a una empresa que vendió zapatillas por internet y avisó de un supuesto error de precio seis días después. Fue multada y obligada a entregar los productos al precio publicado. El razonamiento del tribunal es el que conviene tener a mano: en una compra online el consumidor solo dispone de la información que le da el proveedor, así que no puede exigírsele que dude de una oferta publicada. Lo desarrollamos en publicidad engañosa y error de precio.

Este punto importa porque las anulaciones unilaterales de pedidos fueron la causa número uno de reclamos en el último balance del SERNAC del evento, con 2.099 reclamos totales. Los detalles están en el balance de reclamos del CyberDay.

Qué hacer si te pasa: guarda la captura de la ficha con el precio, el correo de confirmación de compra y la boleta si alcanzó a emitirse. Esos tres documentos son el caso. El contrato se perfecciona cuando la tienda confirma, no cuando decide despachar.

Lo que sí es válido aunque parezca abusivo

Al leer contratos aparecen muchas cláusulas que suenan injustas y son perfectamente legales. Distinguirlas ahorra pelear batallas perdidas:

Excluir el derecho a retracto. Suena a renuncia de derechos, pero el artículo 3 bis lo permite expresamente si el proveedor lo informa antes de la compra. The Perfume Shop declara que no adhiere al retracto, y está en su derecho. Lo explicamos en la guía del retracto.

Vender sin garantía legal. El artículo 14 permite vender productos usados, reacondicionados o con deficiencias sin los 6 meses de garantía, siempre que se informe antes. Lenovo lo declara textual. También es legal.

Exigir que agotes primero la garantía del proveedor. Cuando la empresa entregó una garantía propia por escrito, puede pedir que pases por el servicio técnico antes de exigir el cambio o la devolución. HiFi Market lo hace y es válido.

Excluir productos de higiene de las devoluciones. Ropa interior, trajes de baño, cosméticos y perfumes están fuera por la naturaleza del bien.

Cobrarte el envío de vuelta cuando te arrepientes. El costo de restituir el producto es del consumidor.

Lo que sí conviene discutir

Y estas son las cláusulas que encontramos publicadas y que vale la pena poner sobre la mesa, siempre por escrito:

Plazos cortísimos para reclamar que llegó vacío. Hay tiendas que declaran que si el rastreo dice “entregado” y tú no lo recibiste, tienes 72 horas para avisar, y pasado ese plazo “no se podrá procesar un reembolso”. Cargar al consumidor la consecuencia de un problema logístico que no le es imputable se parece bastante a la letra c).

Garantías declaradas en tres meses. Encontramos términos vigentes que todavía dicen que la garantía por fallas dura 3 meses, el plazo derogado en 2022. La garantía legal es irrenunciable: una cláusula no puede recortarla, y esto no es discutible, es directamente inoponible. Todo el detalle en la guía de la garantía legal.

Cobrar el flete de la garantía, incluso en fallas repetitivas. Hay términos que declaran que el traslado al servicio técnico lo paga siempre el comprador. Cuando el producto falla una y otra vez, poner ese costo del lado del consumidor es un punto que vale la pena consultar antes de pagarlo.

Exigir el envoltorio sellado para devolver. Si el único modo de conservar el derecho es no abrir el producto, el derecho es difícil de ejercer. No es automáticamente nulo, pero es la clase de desequilibrio que describe la letra g).

Cómo leer un contrato en cinco minutos

No hace falta leer las cuarenta páginas. Abre el documento y busca estas palabras con el buscador del navegador:

  • “nos reservamos” — encuentra las facultades unilaterales de la letra a).
  • “en ningún caso” — encuentra las limitaciones de responsabilidad de la letra e).
  • “deberá acreditar” — encuentra las inversiones de la carga de la prueba de la letra d).
  • “retracto” — te dice en dos segundos si la tienda adhiere o no.
  • “garantía” — verifica que diga 6 meses y no 3.
  • “RUT” — te dice quién es realmente el vendedor, que muchas veces no es la marca. El mapa está en quién te vende de verdad.

Cinco minutos antes de comprar valen más que cinco horas de reclamo después.

Qué hacer si detectas una

1. Guarda el contrato tal como estaba. Sácale captura o descarga el PDF con la fecha. Las tiendas modifican sus términos y casi ninguna archiva versiones anteriores; la que te obliga es la vigente al momento de tu compra.

2. Reclama por escrito y nombra la norma. “Esta cláusula no produce efecto conforme al artículo 16 de la Ley 19.496” cambia el tono de la conversación bastante más que una queja general.

3. Reclama en el SERNAC. No declara nulidades, pero traslada el reclamo al proveedor, deja constancia y detecta patrones. Los reclamos repetidos contra la misma cláusula son lo que gatilla las acciones colectivas. El procedimiento está en cómo reclamar en el SERNAC.

4. Si es materia financiera, hay una vía extra. Los contratos de bancos, tarjetas y créditos tienen reglas propias y más exigentes: ver SERNAC Financiero.

Preguntas frecuentes

¿Vale una cláusula abusiva si la acepté al firmar?

No. El artículo 16 de la Ley 19.496 establece que esas cláusulas no producen efecto alguno en los contratos de adhesión, con independencia de que el consumidor las haya aceptado. Declarada la nulidad, el contrato subsiste con las cláusulas restantes.

¿Quién declara que una cláusula es abusiva?

Un tribunal, normalmente un Juzgado de Policía Local. El SERNAC puede mediar, dejar constancia y ejercer acciones colectivas, pero no declara nulidades por sí mismo.

¿Es abusivo que una tienda anule mi pedido por un error de precio?

Depende. Un error evidente y acreditado puede discutirse legítimamente. Una facultad de anular a solo criterio de la empresa es justamente lo que prohíbe la letra a) del artículo 16. La diferencia está en si la empresa acredita el error o simplemente decide que la venta no le conviene.

¿Es abusivo que una tienda excluya el derecho a retracto?

No, si lo informó de manera previa y clara. El artículo 3 bis lo permite expresamente. Distinto es recortar la garantía legal de 6 meses, que es irrenunciable y no admite cláusula en contra.

¿Qué es la letra g del artículo 16?

Es la norma de cierre: prohíbe cualquier cláusula que, en contra de las exigencias de la buena fe, cause un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones del consumidor. Cubre los casos que las otras seis letras no alcanzan.

¿Puedo firmar un pagaré con espacios en blanco?

La letra f) del artículo 16 declara sin efecto las cláusulas que incluyan espacios en blanco no llenados antes de suscribir el contrato. Nunca firmes un documento con el monto o la fecha vacíos.

¿Sirve de algo reclamar en el SERNAC si no declara nulidades?

Sí. Traslada el reclamo al proveedor con un plazo para responder, deja constancia formal del incumplimiento y detecta patrones. Los reclamos repetidos contra una misma cláusula son lo que gatilla las acciones colectivas.

¿Qué guardo si quiero reclamar por una cláusula?

La versión del contrato vigente al momento de tu compra, con fecha, porque las tiendas los modifican y casi ninguna archiva versiones anteriores. Además, el comprobante de compra y todas las comunicaciones con la empresa.

Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal. El listado proviene del artículo 16 de la Ley 19.496. Las cláusulas de tiendas mencionadas fueron verificadas en sus términos y condiciones publicados; su eventual carácter abusivo solo puede ser declarado por un tribunal.