Convenio del CAE con la TGR (2026): cuánto es la cuota y cómo se pide

La respuesta corta: el convenio del CAE con la Tesorería es gratis, se pide en tgr.cl con ClaveÚnica y su cuota no depende de cuánto debes sino de cuánto ganas: es el 10%, 12% o 20% de tus rentas imponibles declaradas. Dura 12 meses y hay que renovarlo cada año. Ese último punto es el que hace que gente que pagó todo igual termine con cobro judicial.

Punto Dato
Dónde se pide tgr.cl con ClaveÚnica
Costo Gratis
Cómo se calcula la cuota Sobre tus rentas, no sobre la deuda
Tramos 10%, 12% o 20% de las rentas imponibles
¿Hay que saber cuánto debes? No

La diferencia que cambia todo: la cuota sale de tu sueldo, no de tu deuda

En un crédito normal la cuota se calcula dividiendo lo que debes. En el convenio del CAE no funciona así, y por eso mucha gente que lo evita por miedo a “no poder pagarlo” en realidad calificaría sin problema.

La cuota mensual corresponde al 10%, 12% o 20% de los montos imponibles que declaraste, según tu Certificado de Cotizaciones Previsionales de la AFP. El porcentaje depende de tu comportamiento con convenios anteriores: si nunca has tenido uno o los cumpliste, te toca el tramo más bajo.

Dicho de otro modo: si ganas poco, la cuota es baja, aunque debas mucho. El monto de la deuda no entra en el cálculo de la cuota. Está en la Ley 20.027, que es la que creó el sistema.

Las cuotas son de igual valor, expresadas en UTM, y todas vencen el último día de cada mes.

El error que le cuesta el juicio a gente que sí pagó

Este es el punto que casi ningún sitio explica y que conviene leer dos veces.

El convenio del CAE dura un año. No es un plan que se extiende hasta liquidar la deuda: es un acuerdo anual que hay que volver a suscribir. Y la Tesorería puede iniciar el cobro judicial en tres situaciones:

  • Si tienes un convenio caducado y no celebraste uno nuevo.
  • Al mes siguiente de vencida la cuota final de tu convenio, si no creaste uno nuevo.
  • Cuando se produce la caducidad de un tercer convenio.

Lee la segunda otra vez. Puedes haber pagado tus doce cuotas de forma impecable y, si en el mes trece no renovaste, quedas expuesto a cobro judicial exactamente igual que quien nunca pagó. El convenio no se renueva solo.

La conclusión práctica es simple: anota en el calendario el mes en que vence tu cuota final y renueva antes de que termine. Es el consejo más barato de esta página.

Sobre la caducidad por impago, la regla es distinta a la del convenio general: si dejas cuotas sin pagar, al final del período anual la Tesorería decide no renovar.

Qué necesitas para pedirlo

  1. Deuda vencida de al menos 1 UTM, según el valor informado al momento de la solicitud.
  2. No tener exclusiones con el SII ni con la Tesorería.
  3. Certificado de Cotizaciones Previsionales actualizado, del mes anterior a la solicitud. Este es el documento clave, porque de él sale tu cuota. Debe estar cargado en tu perfil TGR o presentarse en oficina.
  4. ClaveÚnica o Clave Tributaria del SII para hacerlo en línea.
  5. Tus antecedentes básicos: cédula y datos de contacto.

Pueden pedirlo personas naturales y jurídicas con deudas morosas de crédito con aval del Estado. Es gratis y está disponible en cualquier época del año.

Si hoy ganas menos que cuando cotizaste

Es la situación más frecuente: quedaste sin trabajo o bajaste de sueldo, pero el certificado refleja lo que ganabas antes, así que la propuesta te llega alta.

Se puede corregir. Tienes derecho a pedir una cuota menor a la propuesta acreditando tu situación actual con:

  • Certificado de Cotizaciones, o certificado de no estar afiliado, que obtienes en la Superintendencia de Pensiones en “Consulta de afiliación”.
  • Finiquito de trabajo, si estás cesante.

Acreditada la situación, te otorgan una cuota más baja, con un piso: no puede ser inferior al 10% de una UTM del mes en que se genera el convenio.

Si te llegó una propuesta que no puedes pagar, no la aceptes resignado ni la abandones: pide la revisión con los documentos. Aceptar una cuota que sabes que no vas a poder pagar es la forma más rápida de llegar a un convenio caducado, y eso empeora tus condiciones futuras.

No necesitas saber cuánto debes

Otro punto que frena a mucha gente. No hace falta que averigües tu deuda antes de pedir el convenio: la Comisión Ingresa —la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores— es la que le informa a la Tesorería el monto total.

Si el monto que ves no te cuadra, el reclamo no va a la Tesorería: va a Comisión Ingresa, por su “Sistema de Atención de Consultas”. Si hay un error, es Comisión Ingresa quien lo corrige de forma centralizada en tu Cuenta Única Tributaria. Reclamarle a la TGR por el monto es perder el viaje.

Cómo se pide, paso a paso

  1. Entra a tgr.cl y busca el recuadro Convenios de Pago.
  2. Elige Conocer y crear un convenio de pago.
  3. Selecciona Convenio para deudores del CAE y pulsa Solicitar.
  4. Ingresa con ClaveÚnica o Clave Tributaria.
  5. El sistema te muestra la propuesta: número de cuotas y valor.
  6. Si la aceptas, te entrega el valor de la cuota pie.
  7. Paga la cuota pie. Recién con eso el convenio queda activado.

Presencialmente es el mismo flujo con un ejecutivo, llevando la documentación. Y ojo con el detalle de tiempo: algunos convenios se cobran en UF, así que la propuesta puede valer solo por ese día.

Las cuotas siguientes se pagan en Pagar cuotas de convenios vigentes en tgr.cl, o en oficinas e instituciones recaudadoras.

Si quieres pagar todo de una vez

Se puede liquidar la deuda completa online: en tgr.cl, menú Pagos → Pagos de Impuestos → Impuestos Fiscales → Pago de Impuestos Fiscales y Aduaneros en Línea. Ahí ves el monto por el formulario 34 y lo pagas.

También puedes generar el Cupón de Pago Total de Deudas y pagarlo en una institución recaudadora autorizada.

Ojo con los convenios temporales

Además del convenio permanente que describe esta página, la Tesorería abre de tanto en tanto convenios temporales para deudores del CAE, con condiciones distintas: otros plazos, pie fijo en porcentaje y condonación de intereses por una ventana de tiempo acotada.

Por eso, cuando entres al sistema, revisa qué convenios te aparecen disponibles antes de suscribir el primero que veas. Las condiciones específicas de tu convenio son siempre las que figuran en la resolución que emite la Tesorería, no las que salen en una nota de prensa.

Preguntas frecuentes sobre el convenio del CAE

¿Cuánto es la cuota del convenio CAE?

El 10%, 12% o 20% de tus rentas imponibles declaradas, según tu Certificado de Cotizaciones Previsionales. El porcentaje depende de tu historial con convenios anteriores. La cuota no se calcula sobre el monto de la deuda sino sobre tu ingreso.

¿Cuántas cuotas tiene el convenio del CAE?

Doce cuotas mensuales de igual valor, expresadas en UTM. Es un convenio anual: al terminar hay que suscribir uno nuevo si aún queda deuda.

¿Qué pasa si termino mi convenio y no lo renuevo?

La Tesorería puede iniciar el cobro judicial al mes siguiente del vencimiento de tu cuota final si no creaste un convenio nuevo. Haber pagado todas las cuotas no te protege: el convenio no se renueva automáticamente.

¿Puedo pedir el convenio si estoy sin trabajo?

Sí. Puedes acreditar tu situación actual con el finiquito o con un certificado de la Superintendencia de Pensiones para obtener una cuota menor a la propuesta. El piso es el 10% de una UTM.

¿Necesito saber cuánto debo del CAE?

No. Comisión Ingresa le informa el monto total a la Tesorería. Si el monto no te cuadra, el reclamo se hace ante Comisión Ingresa, no ante la TGR.

¿Desde cuándo queda activo el convenio?

Desde que pagas la cuota pie. Aceptar la propuesta no basta: mientras la cuota pie no esté pagada, el convenio no está activado.

¿Cuál es la deuda mínima para pedir el convenio del CAE?

Una UTM vencida, según el valor informado al momento de presentar la solicitud.

¿Cuántos convenios puedo dejar caer?

La caducidad de un tercer convenio habilita a la Tesorería para iniciar el cobro judicial. Además, cada convenio caducado empeora tu clasificación y las condiciones que te ofrecen después.

Qué revisar después

Fuentes

Información compilada de fuentes públicas oficiales (Tesorería General de la República y Biblioteca del Congreso Nacional). Las condiciones específicas de tu convenio son siempre las que constan en la resolución que emite la Tesorería. CDC es un medio informativo independiente y esto no constituye asesoría legal ni financiera. Última revisión: Septiembre de 2026.

Antes del crédito está el FUAS

Vale la pena decirlo aunque suene obvio: al crédito y a la gratuidad se postula con el mismo formulario, el FUAS, y la ventana grande abre a comienzos de octubre, antes de rendir la prueba y antes de matricularse. Quien espera a tener el cupo confirmado llega tarde. El detalle está en la guía del FUAS, la gratuidad y las becas.