La respuesta corta: puedes pagar tu deuda con la Tesorería en hasta 24 cuotas mensuales, pidiéndolo gratis en tgr.cl con ClaveÚnica. Necesitas deber al menos 1 UTM y no tener exclusiones. El convenio no se activa hasta que pagas la cuota pie, y recién ahí se suspenden las acciones de cobro. Y hay un detalle que juega en tu contra: mientras más vieja la deuda, menos intereses te condonan.
Qué deudas entran en un convenio
La Tesorería General de la República (TGR) es la que cobra lo que le debes al Estado. En un convenio de pago puedes incluir:
- Impuestos fiscales vencidos (renta, IVA, giros del SII).
- Contribuciones o impuesto territorial vencido.
- Impuestos aduaneros.
- Multas y giros emitidos por el Servicio de Impuestos Internos.
Hay convenios particulares para casos específicos: el del CAE, el del préstamo para transportistas del MTT, y uno para pymes acogidas al artículo 14 D que la TGR anunció como próximo. Cada uno tiene sus propias reglas.
Lo que no entra: obligaciones que la ley no facultó a la Tesorería a condonar ni a repactar. Si tu deuda es de esas, el sistema simplemente no te va a ofrecer el convenio.
Los dos requisitos que se revisan
Para cualquier convenio general necesitas dos cosas, y son bastante simples:
- Deber al menos 1 UTM vencida, según el valor de la UTM del día en que presentas la solicitud.
- No tener exclusiones, ni en el SII ni en la TGR.
No hay tope de deuda ni evaluación de ingresos para el convenio general. La evaluación que sí ocurre es otra, y es la que define las condiciones.
El factor que define cuántas cuotas te dan
Acá está lo que casi nadie explica. El número de cuotas no lo eliges tú: lo determina la TGR según tu comportamiento de pago, que es tu historial de convenios anteriores:
- Bueno: nunca has tenido un convenio, o los que tuviste los cumpliste o están vigentes. Te da derecho a hasta 24 cuotas (aplica a deudas posteriores al 1 de octubre de 2015).
- Regular: tienes un convenio caducado en tu historial.
- Malo: tienes dos o más convenios caducados.
La consecuencia práctica es dura y conviene tenerla clara antes de firmar: dejar caer un convenio no solo te devuelve al punto de partida, te deja peor. Con un caducado a la espalda, el próximo convenio va a venir con menos cuotas y peores condiciones. Si sabes que la cuota que te ofrecen no te va a alcanzar, es mejor negociarla ahora que caducar y volver en un año.
Si no sabes cuál es tu clasificación, la puedes preguntar en cualquier oficina de Tesorería.
La condonación funciona al revés de lo que uno cree
Mucha gente deja pasar el tiempo pensando que la deuda se va a ablandar. Con la TGR pasa lo contrario: el porcentaje de condonación de intereses y multas depende de la antigüedad de la deuda, y mientras más antigua, menor es la condonación.
Dos cosas más sobre el mismo punto:
- La condonación es mayor en un Convenio Total (por toda la deuda) que en uno parcial.
- Si en vez de repactar puedes pagar al contado, los beneficios son mayores, y son mayores todavía si lo haces por tgr.cl en vez de en oficina.
Dicho de otro modo: la mejor jugada es pagar al contado online; la segunda mejor, un convenio total temprano; la peor, esperar.
Cómo se hace, paso a paso
El trámite es gratis, está disponible todo el año y no necesitas ir a ninguna parte:
- Entra a tgr.cl y busca el recuadro Convenios de Pago en los destacados de la derecha.
- Elige Conocer y crear un convenio de pago y selecciona el convenio que corresponde a tu deuda.
- Ingresa con ClaveÚnica o Clave Tributaria del SII.
- El sistema te entrega una propuesta con el número de cuotas y el monto de cada una.
- Si la aceptas, te muestra el valor de la cuota pie.
- Paga la cuota pie. Recién con eso el convenio queda activado.
Un detalle de plazos que cuesta caro: la propuesta vale por el mes, pero los convenios expresados en UF valen solo por ese día. Si lo dejas para mañana, el monto cambia.
Los convenios parciales (por folios, no por el total) solo se pueden crear en oficina, nunca online. Y el del préstamo MTT es al revés: solo online.
Lo que el convenio sí hace y lo que no
Esta distinción es la que más problemas causa:
- Sí suspende las acciones de cobro, pero solo desde que pagas la cuota pie. Entre que aceptas la propuesta y pagas, el cobro sigue corriendo.
- No levanta un embargo. Para pedir el alzamiento tienes que haber pagado la deuda íntegramente, no basta con estar al día en el convenio. Si tienes un embargo encima, el convenio te da aire pero no te lo saca.
Si te atrasas en una cuota
Las cuotas vencen el último día de cada mes. Si un mes no puedes:
- Puedes prorrogar hasta dos cuotas dentro del plazo del convenio. Se van al final, sumadas a la cuota de ajuste.
- Una cuota impaga se cobra al final, en la cuota de ajuste, con recargos según la variación del IPC.
- El convenio caduca si acumulas tres cuotas impagas, consecutivas o alternadas (para convenios creados desde el 1 de marzo de 2018). También caduca si no pagas la cuota final o si se comprueba que los antecedentes que presentaste eran falsos.
Tres cuotas alternadas a lo largo de dos años se juntan más rápido de lo que parece. Vale la pena poner recordatorio para el día 25 de cada mes.
Contribuciones: el caso más común
Las contribuciones se pagan en cuatro cuotas al año —abril, junio, septiembre y noviembre— y son la deuda con la TGR que más gente arrastra sin darse cuenta, porque el aviso llega al inmueble y no siempre a quien paga.
Si tienes cuotas vencidas, entran en un convenio como cualquier otra deuda. Ojo con dos cosas: la TGR puede retener tu devolución anual de impuestos para pagarse, y una deuda de contribuciones impaga por años termina en cobro judicial sobre la propiedad.
Preguntas frecuentes sobre el convenio con la TGR
¿Cuántas cuotas me pueden dar en un convenio con la Tesorería?
Hasta 24 cuotas mensuales de igual monto. El número exacto lo define la TGR según tu comportamiento de pago: solo con clasificación “Bueno” accedes al máximo de 24.
¿Cuánto es el pie de un convenio de pago TGR?
No hay un porcentaje único. El sistema te entrega el valor de la cuota pie dentro de la propuesta, según tu deuda y tu clasificación. Lo que sí es fijo: la cuota pie debe pagarse completa, no se puede dividir en cuotas del convenio. Si tienes tarjeta de crédito, puedes pagarla con ella y usar las cuotas de tu banco.
¿Desde cuándo dejan de cobrarme?
Desde que pagas la cuota pie. Aceptar la propuesta no basta: mientras la cuota pie no esté pagada, el convenio no está activado y las acciones de cobro siguen.
¿El convenio me levanta un embargo?
No. El convenio solo suspende las acciones de cobro. Para solicitar el alzamiento de un embargo tienes que haber pagado íntegramente la deuda.
¿Qué pasa si no pago una cuota?
Puedes prorrogar hasta dos cuotas durante el convenio; se suman al final. Una cuota impaga se cobra en la cuota de ajuste con recargos según el IPC. Si acumulas tres cuotas impagas, consecutivas o alternadas, el convenio caduca.
¿Me condonan los intereses?
Puedes optar a un porcentaje de condonación de intereses y multas, pero depende de la antigüedad de la deuda: mientras más vieja, menos te condonan. Un convenio total condona más que uno parcial, y pagar al contado por tgr.cl condona más que cualquier convenio.
¿Necesito ir a una oficina?
No, salvo dos casos: los convenios parciales (por folios) y el convenio especial “full” solo se gestionan presencialmente. Todo el resto se hace en tgr.cl con ClaveÚnica o Clave Tributaria.
¿Cuál es la deuda mínima para pedir un convenio?
1 UTM vencida, según el valor de la UTM del día en que presentas la solicitud. Bajo ese monto la Tesorería no otorga convenio.
Qué revisar después
- Convenio del CAE con la TGR, paso a paso — el convenio particular para el crédito con aval del Estado.
- Qué es la UTM y cuánto vale — la unidad con la que se mide el mínimo y las multas.
- Embargo por deudas: qué pueden y qué no pueden embargarte.
- Repactar deudas: cuándo conviene y cuándo no.
- Consolidar deudas en un solo crédito.
- Todas las guías de deudas y tarjetas.
Fuentes
- Centro de Ayuda TGR — Qué es un convenio de pago y tipos de convenios
- Tesorería General de la República — Convenios de pago
Información compilada de fuentes públicas oficiales (Tesorería General de la República). Las condiciones específicas de tu convenio siempre son las que aparecen en la resolución que emite la Tesorería. CDC es un medio informativo independiente y no constituye asesoría legal ni tributaria. Última revisión: Septiembre de 2026.