El mes de garantía es la plata que entregas al arrendador al firmar y que debería volver cuando te vas. En la práctica es la principal fuente de conflicto al terminar un arriendo, y casi siempre por lo mismo: nadie dejó por escrito en qué estado estaba la propiedad al entrar.
| Punto | Cómo funciona |
|---|---|
| Qué es | Una caución en dinero que respalda el cumplimiento del contrato |
| Monto habitual | Un mes de renta, aunque puede pactarse otro |
| Se devuelve | Sí, al término del contrato, descontando lo que corresponda |
| Qué se puede descontar | Daños por mal uso, cuentas impagas y rentas adeudadas |
| Qué NO se puede descontar | El desgaste normal por el uso del inmueble |
| Sirve para pagar el último mes | No, salvo que el arrendador lo acepte por escrito |
Información compilada y verificada por Redacción CDC a partir de fuentes públicas. Última revisión: 11 de Septiembre de 2026.
Cómo funciona la garantía de arriendo en Chile
No es un pago: es un depósito que queda en manos del arrendador como respaldo. Su destino se define al final, cuando se entrega la propiedad y se revisa en qué estado quedó.
La ley de arrendamiento no fija un monto obligatorio ni un plazo exacto de devolución, de modo que casi todo queda entregado a lo que diga el contrato. Por eso el contrato importa tanto: es donde se define el monto, qué respalda y cuándo se restituye.
Un punto que evita discusiones: conviene dejar escrito el plazo de devolución —treinta días desde la entrega, por ejemplo— y que se devuelve contra la entrega de la propiedad y de las cuentas al día.
Qué se puede descontar y qué no
La distinción que decide la mayoría de los conflictos es entre daño y desgaste normal.
- Se puede descontar: vidrios quebrados, puertas o muebles dañados, manchas o quemaduras en pisos y cubiertas, artefactos rotos, cuentas de servicios impagas, gastos comunes pendientes y rentas adeudadas.
- No se puede descontar: la pintura descolorida por el tiempo, el desgaste del piso por caminar, sellos de baño envejecidos, ni las reparaciones estructurales que corresponden al dueño.
Vivir en un inmueble lo desgasta: eso es parte del negocio del arriendo, no un daño del arrendatario.
El acta de entrega: el documento que decide todo
Es lo más importante de esta guía y lo que casi nadie hace. Al entrar, antes de mover una caja, recorre la propiedad con el arrendador y levanten un acta con el estado de cada espacio.
- Fotografía todo, con fecha visible: pisos, muros, baños, artefactos, ventanas, llaves.
- Anota lo que ya está dañado, por menor que parezca, y hazlo firmar.
- Registra los números de medidores de luz, agua y gas al momento de entrar.
- Guarda copia firmada por ambas partes.
- Repite el mismo recorrido al salir, con las mismas fotos para comparar.
Sin acta de entrada, cualquier discusión sobre el estado del inmueble se vuelve palabra contra palabra, y quien tiene el dinero en su poder es el arrendador.
Por qué no conviene “descontarla” del último mes
Es la práctica más habitual y la que más problemas trae: el arrendatario deja de pagar el último mes asumiendo que se compensa con la garantía. Salvo que el arrendador lo acepte por escrito, eso es no pagar la renta, y puede terminar en un cobro judicial además del descuento.
La forma correcta es pedir la devolución al entregar, con el acta de salida firmada y las cuentas al día.
Si no te la devuelven
- Pide por escrito el detalle de los descuentos, con montos y respaldos. Un correo sirve como constancia.
- Compara contra el acta de entrada y las fotos.
- Ofrece un acuerdo por lo que efectivamente corresponda; casi todos los casos se resuelven aquí.
- Si no hay respuesta, el camino es el juzgado de policía local del domicilio del inmueble, competente en conflictos de arrendamiento.
Ojo con una confusión frecuente: el arriendo entre particulares no es una relación de consumo, así que el SERNAC no media en estos casos. Si arriendas a través de una empresa que presta un servicio, ahí sí puede haber materia de consumo.
Y en el plano contable, para quien lo busca por ese lado: la garantía entregada es un activo para quien arrienda el inmueble —dinero que espera recuperar— y un pasivo para quien la recibe, porque deberá devolverla.
Antes de comprometer un arriendo conviene revisar el presupuesto completo: está en comprar o arrendar y en el fondo de emergencia.
Información basada en la normativa chilena de arrendamiento de predios urbanos. Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.
Preguntas frecuentes
¿La garantía de arriendo se devuelve?
Sí, al término del contrato, descontando daños por mal uso, cuentas impagas o rentas adeudadas. No es un pago, es un respaldo.
¿Puedo usarla para pagar el último mes?
Solo si el arrendador lo acepta por escrito. Si no, se considera renta impaga y puede terminar en cobro judicial.
¿Qué pueden descontarme?
Daños atribuibles al mal uso, cuentas de servicios y gastos comunes pendientes y rentas adeudadas. No el desgaste normal por el uso del inmueble.
¿Cuánto tiempo tienen para devolverla?
La ley no fija un plazo exacto, así que rige lo pactado. Conviene dejarlo escrito en el contrato, por ejemplo treinta días desde la entrega.
¿El SERNAC me ayuda si no me la devuelven?
En arriendos entre particulares no, porque no es una relación de consumo. El camino es el juzgado de policía local del domicilio del inmueble.